Artículo 158
Ejercicio de la acción penal
Texto sustituido
El texto vigente es el que fijó el Artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1625, publicado el 8 agosto 2024. La redacción anterior está en «Historial y notas».
Los delitos previstos en este Capítulo son perseguibles por acción privada, salvo en el caso del delito previsto en los artículos 154-A, 154-B y 155.
Historial y notas
3 notas · 3 versiones anteriores
- Artículo modificado por el Artículo 4 de la Ley N° 30171, publicada el 10 marzo 2014, cuyo texto es el siguiente:
- Artículo modificado por el Artículo Único del Decreto Legislativo N° 1237, publicado el 26 septiembre 2015, cuyo texto es el siguiente:
- Artículo modificado por el Artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1625, publicado el 08 agosto 2024, cuyo texto es el siguiente:
Texto anterior 1 · Acción privada
Los delitos previstos en este Capítulo son perseguibles por acción privada.
Texto anterior 2 · Ejercicio de la acción penal
Los delitos previstos en este Capítulo son perseguibles por acción privada, salvo en el caso del delito previsto en el artículo 154-A."
Texto anterior 3 · Ejercicio de la acción penal
Los delitos previstos en este Capítulo son perseguibles por acción privada, salvo en el caso del delito previsto en los artículos 154-A y 155."