NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 158

Ejercicio de la acción penal

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Texto sustituido

El texto vigente es el que fijó el Artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1625, publicado el 8 agosto 2024. La redacción anterior está en «Historial y notas».

Los delitos previstos en este Capítulo son perseguibles por acción privada, salvo en el caso del delito previsto en los artículos 154-A, 154-B y 155.

Historial y notas

3 notas · 3 versiones anteriores
  • Artículo modificado por el Artículo 4 de la Ley N° 30171, publicada el 10 marzo 2014, cuyo texto es el siguiente:
  • Artículo modificado por el Artículo Único del Decreto Legislativo N° 1237, publicado el 26 septiembre 2015, cuyo texto es el siguiente:
  • Artículo modificado por el Artículo 3 del Decreto Legislativo Nº 1625, publicado el 08 agosto 2024, cuyo texto es el siguiente:
Texto anterior 1 · Acción privada

Los delitos previstos en este Capítulo son perseguibles por acción privada.

Texto anterior 2 · Ejercicio de la acción penal

Los delitos previstos en este Capítulo son perseguibles por acción privada, salvo en el caso del delito previsto en el artículo 154-A."

Texto anterior 3 · Ejercicio de la acción penal

Los delitos previstos en este Capítulo son perseguibles por acción privada, salvo en el caso del delito previsto en los artículos 154-A y 155."

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