NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 869

Cargas de la masa hereditaria

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Son de cargo de la masa hereditaria:

1.- Los gastos del funeral y, en su caso, los de incineración, que se pagan preferentemente.

2.- Los gastos provenientes de la última enfermedad del causante.

3.- Los gastos de administración.

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