Artículo 824
Concurrencia del cónyuge con ascendientes
El cónyuge que concurra con los padres o con otros ascendientes del causante, hereda una parte igual a la de uno de ellos.
Concurrencia del cónyuge con ascendientes
El cónyuge que concurra con los padres o con otros ascendientes del causante, hereda una parte igual a la de uno de ellos.