NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 74

Rectificaciones o adiciones en las partidas de registro

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Artículo derogado

Lo derogó la Séptima Disposición Final de la Ley Nº 26497, publicada el 12 julio 1995. No tiene un texto que lo reemplace dentro de esta norma; abajo se muestra la redacción que tenía, solo como referencia.

Pueden hacerse rectificaciones o adiciones en las partidas de registro sólo en virtud de resolución judicial, salvo disposición distinta de la ley.

Historial y notas

1 nota
  • Artículo derogado por la Séptima Disposición Final de la Ley Nº 26497, publicada el 12 julio 1995.