Artículo 44
Capacidad de ejercicio restringida
Tienen capacidad de ejercicio restringida:
1.- Los mayores de dieciséis y menores de dieciocho años de edad.
2.- Los retardados mentales.
3.- Los que adolecen de deterioro mental que les impide expresar su libre voluntad.Derogado por Decreto Legislativo N° 1384 (4 septiembre 2018)
4.- Los pródigos.
5.- Los que incurren en mala gestión.
6.- Los ebrios habituales.
7.- Los toxicómanos.
8.- Los que sufren pena que lleva anexa la interdicción civil.
9.- Las personas que se encuentren en estado de coma, siempre que no hubiera designado un apoyo con anterioridad.
R.N° 150-2020-SUNARP-SN (Aprueban formatos y expedición del certificado de vigencia de nombramiento de curador y del certificado de vigencia de designación de apoyo a través del Servicio de Publicidad Registral en Línea (SPRL))
Ley Nº 31756, Art. 6 (Donación de órganos de personas incapaces)
Historial y notas
5 notas · 1 versión anterior
- Extremo modificado por el Artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1384, publicado el 04 septiembre 2018, cuyo texto es el siguiente:
- Numeral derogado por el Literal a) de la Única Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Legislativo N° 1384, publicado el 04 septiembre 2018.
- Numeral derogado por el Literal a) de la Única Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Legislativo N° 1384, publicado el 04 septiembre 2018.
- Numeral incorporado por el Artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1384, publicado el 04 septiembre 2018.
- De conformidad con la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1384, publicado el 04 septiembre 2018, las personas señaladas en los numerales 6 y 7 del presente artículo que cuentan con certificado de discapacidad pueden designar apoyos y salvaguardias para el ejercicio de su capacidad jurídica.
Son relativamente incapaces:Modificado por Decreto Legislativo N° 1384 (4 septiembre 2018)