NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 287

Obligaciones comunes de los cónyuges

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Los cónyuges se obligan mutuamente por el hecho del matrimonio a alimentar y educar a sus hijos.

R.A. Nº 136-2007-CE-PJ (Crean el Registro de Deudores Alimentarios Morosos -REDAM y aprueban Directiva)

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