Artículo 1994
Causales de suspensión de la prescripción
Se suspende la prescripción:
1.- Cuando las personas con capacidad de ejercicio restringida contempladas en el artículo 44 incisos del 1 al 8 no cuentan con sus representantes legales.Modificado por Decreto Legislativo N° 1384 (4 septiembre 2018)
2.- Entre los cónyuges, durante la vigencia de la sociedad de gananciales.
3.- Entre las personas comprendidas en el artículo 326.
4.- Entre los menores y sus padres o tutores durante la patria potestad o la tutela.
5.- Entre las personas con capacidad de ejercicio restringida contempladas en el artículo 44 numeral 9 y las personas que le prestan apoyos necesarios, durante el ejercicio del apoyo brindado.Modificado por Decreto Legislativo N° 1384 (4 septiembre 2018)
6.- Durante el tiempo que transcurra entre la petición y el nombramiento del curador de bienes, en los casos que procede.
7.- Entre las personas jurídicas y sus administradores, mientras éstos continúen en el ejercicio del cargo.
8.- Mientras sea imposible reclamar el derecho ante un tribunal peruano.
Historial y notas
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- Numeral modificado por el Artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1384, publicado el 04 septiembre 2018, cuyo texto es el siguiente:
- Numeral modificado por el Artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1384, publicado el 04 septiembre 2018, cuyo texto es el siguiente:
1.- Cuando los incapaces no están bajo la guarda de sus representantes legales.Modificado por Decreto Legislativo N° 1384 (4 septiembre 2018)
5.- Entre los incapaces y sus curadores, durante el ejercicio de la curatela.Modificado por Decreto Legislativo N° 1384 (4 septiembre 2018)