NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 1962

Promesa pública sin plazo determinado

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La promesa pública sin plazo de validez determinado, bien sea por no haberlo fijado el promitente o por no resultar de la naturaleza o finalidad de la promesa, obliga al promitente sólo por el plazo de un año contado a partir del momento en que se hizo pública.

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