Régimen de excepción
También: Estados de excepción · Derecho de excepción
Conjunto de situaciones extraordinarias previstas en la Constitución que habilitan al Presidente de la República, con acuerdo del Consejo de Ministros y dando cuenta al Congreso, a restringir o suspender temporalmente el ejercicio de ciertos derechos fundamentales para hacer frente a una crisis. La Constitución de 1993 regula dos modalidades: el estado de emergencia, por perturbación del orden interno o catástrofe, hasta sesenta días prorrogables; y el estado de sitio, por invasión, guerra exterior o civil, hasta cuarenta y cinco días, con aprobación del Congreso para su prórroga. Durante ambos, el hábeas corpus y el amparo no se suspenden, pero el juez solo examina la razonabilidad y proporcionalidad del acto restrictivo.
Ejemplo
Durante el estado de emergencia decretado en una provincia por conflictos sociales, un juez evaluó en hábeas corpus si la detención de un manifestante fue proporcional a los fines de la medida.
Base legal
Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia. El texto oficial es el publicado en El Peruano.
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