NormaDiccionario y normas del Perú
ConstitucionalIntermedio

Régimen de excepción

También: Estados de excepción · Derecho de excepción

Conjunto de situaciones extraordinarias previstas en la Constitución que habilitan al Presidente de la República, con acuerdo del Consejo de Ministros y dando cuenta al Congreso, a restringir o suspender temporalmente el ejercicio de ciertos derechos fundamentales para hacer frente a una crisis. La Constitución de 1993 regula dos modalidades: el estado de emergencia, por perturbación del orden interno o catástrofe, hasta sesenta días prorrogables; y el estado de sitio, por invasión, guerra exterior o civil, hasta cuarenta y cinco días, con aprobación del Congreso para su prórroga. Durante ambos, el hábeas corpus y el amparo no se suspenden, pero el juez solo examina la razonabilidad y proporcionalidad del acto restrictivo.

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Ejemplo

Durante el estado de emergencia decretado en una provincia por conflictos sociales, un juez evaluó en hábeas corpus si la detención de un manifestante fue proporcional a los fines de la medida.

Base legal

Constitución Política, art. 137; Nuevo Código Procesal Constitucional, Ley 31307, Título I

Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia. El texto oficial es el publicado en El Peruano.

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