Referéndum

También: Consulta popular

Mecanismo de democracia directa por el cual los ciudadanos se pronuncian mediante voto sobre la reforma total o parcial de la Constitución, la aprobación de normas con rango de ley, ordenanzas municipales y materias relativas al proceso de descentralización. No pueden someterse a referéndum la supresión o disminución de derechos fundamentales, las normas de carácter tributario y presupuestal ni los tratados internacionales en vigor. Puede ser solicitado por un número de ciudadanos no menor al 10 % del electorado nacional, o convocado por el Congreso o el Presidente conforme al procedimiento de reforma constitucional.

Compartir por WhatsApp Al azar

Ejemplo

En diciembre de 2018 los ciudadanos aprobaron en referéndum la creación de la Junta Nacional de Justicia y la prohibición de la reelección inmediata de congresistas.

Base legal

Constitución Política, arts. 2 inc. 17, 31, 32 y 206; Ley 26300, Ley de los Derechos de Participación y Control Ciudadanos

Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia. El texto oficial es el publicado en El Peruano.

Términos vinculados

Mencionados en esta definición

Otros términos que citan a este

Conceptos relacionados aún sin entrada

El diccionario está vivo: estos conceptos se irán incorporando. .