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ConstitucionalIntermedio

Proceso de acción popular

También: Acción popular

Proceso constitucional orgánico de competencia exclusiva del Poder Judicial que procede contra reglamentos, normas administrativas, resoluciones y decretos de carácter general, cualquiera sea la autoridad de la que emanen, por infracción de la Constitución o de la ley. Puede interponerlo cualquier persona dentro de los cinco años de publicada la norma, se tramita ante la Sala correspondiente de la Corte Superior y en apelación ante la Sala Constitucional y Social de la Corte Suprema. La sentencia estimatoria tiene efectos generales, puede determinar la nulidad con efecto retroactivo y se publica en El Peruano.

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Ejemplo

Un colegio profesional interpuso acción popular contra un decreto supremo que estableció requisitos para el ejercicio profesional no previstos en la ley que reglamentaba.

Base legal

Constitución Política, art. 200 inc. 5; Nuevo Código Procesal Constitucional, Ley 31307, Títulos VI y VIII

Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia. El texto oficial es el publicado en El Peruano.

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