Novación
Medio de extinción de las obligaciones mediante el cual se sustituye una obligación primigenia por una nueva, extinguiéndose la primera. Para su validez, se requiere que la voluntad de novar se manifieste de manera indubitable y que existan diferencias sustanciales entre ambas obligaciones.
Ejemplo
El acreedor y el deudor acordaron mediante novación que la deuda original de diez mil soles se extinguiría, naciendo una nueva obligación consistente en la entrega de un vehículo.
Base legal
Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia (texto al 14/09/2026 · revisado el 17/09/2026). El texto oficial es el publicado en El Peruano.
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