Antijuridicidad
También: Injusto penal · Ilicitud
Segundo nivel de la teoría del delito, que consiste en la contradicción de la conducta típica con el ordenamiento jurídico en su conjunto, por no concurrir ninguna causa de justificación. La tipicidad es indicio de antijuridicidad, la cual se descarta cuando el hecho está amparado por legítima defensa, estado de necesidad justificante, ejercicio legítimo de un derecho o consentimiento válido. Se distingue la antijuridicidad formal (infracción de la norma) de la material (lesión o puesta en peligro del bien jurídico).
Ejemplo
El agente que lesiona a su agresor para repeler un asalto realiza una conducta típica de lesiones, pero no antijurídica, por concurrir legítima defensa.
Base legal
Código Penal, art. 20
Términos vinculados
Penal: Parte GeneralCausas de justificaciónPermisos legales que excluyen la antijuridicidad de una conducta típica, convirtiéndola en lícita para todo el ordenamiento jurídico.Penal: Parte GeneralLegítima defensaCausa de justificación que ampara a quien obra en defensa de bienes jurídicos propios o de terceros frente a una agresión ilegítima, siempre que concurran la necesidad racional del medio…Penal: Parte GeneralEstado de necesidad justificanteCausa de justificación que ampara a quien, ante un peligro actual e insuperable de otro modo que amenaza la vida, la integridad corporal, la libertad u otro bien jurídico, lesiona un…Penal: Parte GeneralTipicidadPrimer nivel de análisis de la teoría del delito, consistente en la adecuación de la conducta concreta a la descripción abstracta contenida en un tipo penal.Penal: Parte GeneralCulpabilidad (categoría del delito)Tercer nivel de la teoría del delito, que consiste en el juicio de reproche personal dirigido al autor de un injusto por haber actuado pudiendo comportarse conforme a derecho.