Artículo 73
Subsanación
73.1 El anteproyecto con calificación de Aprobado con Observaciones o Desaprobado podrá ser subsanado por el interesado dentro de un plazo de quince (15) días hábiles, presentando nuevos planos en los que conste la superación de las observaciones de la calificación. La presentación de nuevos planos renovará el plazo de calificación.
En el caso del anteproyecto con calificación de Aprobado con Observaciones, podrá optarse por subsanarlas a la presentación del proyecto.
73.2 El pago de derechos de trámite permite al interesado la revisión del anteproyecto hasta en dos oportunidades, siempre que se cumpla con el plazo señalado en el numeral 73.1, luego de lo cual deberá efectuar nuevo pago.