NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 39

Inicio del proceso

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El proceso se inicia con una petición escrita del interesado, autorizada por abogado, la cual deberá contener cuando menos:

a) La indicación precisa de la fecha y forma de adquisición, así como del tiempo de posesión.

b) Nombre y dirección del titular registral, de ser el caso.

c) Nombre y dirección de su inmediato transferente, de los anteriores a éste o de sus respectivos sucesores, en el caso de formación de títulos supletorios.

d) Nombre y dirección de los propietarios u ocupantes de los predios colindantes.

e) Certificación municipal o administrativa de la persona que figura en sus registros como propietaria o poseedora del bien.

f) Copia literal de dominio del predio si está inscrito, y/o certificado de búsqueda catastral, de ser el caso.

g) El ofrecimiento de declaración de no menos de tres ni más de seis testigos mayores de veinticinco (25) años de edad, preferentemente vecinos u ocupantes de los inmuebles colindantes del predio cuyo saneamiento de titulación se solicita.

h) Plano Perimétrico - Ubicación con coordenadas UTM, y Memoria Descriptiva con descripción de las edificaciones existentes, suscritos por ingeniero o arquitecto colegiado y debidamente visados por la autoridad municipal.Modificado por Decreto Supremo Nº 001-2009-VIVIENDA (5 febrero 2009)

i) Las demás pruebas que el interesado considere necesarias.Incorporado por Decreto Supremo Nº 001-2009-VIVIENDA (5 febrero 2009)

Historial y notas

2 notas · 1 versión anterior
  • Literal modificado por el Artículo 1 del Decreto Supremo Nº 001-2009-VIVIENDA, publicado el 05 febrero 2009, cuyo texto es el siguiente:
  • Literal agregado por el Artículo 1 del Decreto Supremo Nº 001-2009-VIVIENDA, publicado el 05 febrero 2009.
Texto anterior 1 · Incisos en su redacción anterior

h) Las demás pruebas que el interesado considere necesarias.Modificado por Decreto Supremo Nº 001-2009-VIVIENDA (5 febrero 2009)

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