NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 16

Faltas leves

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Constituyen faltas leves, las siguientes:

a) Ejercer funciones de verificador fuera del ámbito que le corresponde.

b) Omitir en el Informe Técnico de Verificación las observaciones subsanables.

c) Incurrir en error involuntario respecto de los datos que consigna en el FOR o en sus informes.

d) Incumplir los procedimientos estipulados en el presente Reglamento.

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