Decreto Legislativo N.º 937 · 24 artículos · texto al 14/10/2026
Nuevo Régimen Único Simplificado (Nuevo RUS)
Art. 1DefinicionesArt. 2CreaciónArt. 3Personas no comprendidasArt. 4Impuestos comprendidosArt. 5Inafectación al Impuesto Extraordinario de SolidaridadArt. 6AcogimientoArt. 6-AInclusión de oficio al Nuevo RUS por parte de la SUNATArt. 7CategorizaciónArt. 8Tabla de cuotas mensualesArt. 9Variación de TablasArt. 10Forma de pagoArt. 11RecategorizaciónArt. 12Inclusión en el Régimen MYPE Tributario, Régimen Especial o en el Régimen GeneralArt. 13Cambios de RégimenArt. 14Recategorización por parte de la SUNATArt. 15Inclusión en el Régimen General por parte de la SUNATArt. 16Comprobantes de pago que deben emitir los sujetos del Nuevo RUSArt. 17Comprobantes de pago que deben exigir los sujetos del presente Régimen en las compras que realicenArt. 18Presunciones aplicables a los sujetos de este RégimenArt. 19Casos en que se perciben adicionalmente rentas de otras categoríasArt. 20De los libros y registros contablesArt. 21Exhibición de los documentos proporcionados por la SUNATArt. 22Obligación de conservar los comprobantes de pagoArt. 23Vigencia