Artículo 214
Alcance de los recursos
Los recursos administrativos se ejercitarán por una sola vez en cada procedimiento administrativo y nunca simultáneamente.
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- Texto según el artículo 214 de la Ley Nº 27444
Alcance de los recursos
Los recursos administrativos se ejercitarán por una sola vez en cada procedimiento administrativo y nunca simultáneamente.