NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 35

Pretensión de nulidad del pacto social. Caducidad

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La demanda de nulidad del pacto social, se tramita por el proceso abreviado, se dirige contra la sociedad y sólo puede ser iniciada por personas con legítimo interés. La acción de nulidad caduca a los dos años de inscrita la escritura pública de constitución en el Registro.