NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 26

Compartir por WhatsApp

En caso de fallecimiento del Titular, deberá inscribirse este hecho en el Registro Mercantil mediante la presentación de la partida de defunción respectiva, bajo responsabilidad del Gerente y subsidiariamente de los herederos, dentro de los treinta (30) días de ocurrido el fallecimiento.

Conceptos del diccionario en este artículo