Artículo 32
Características procesales especiales del habeas corpus
El proceso de habeas corpus se rige también por los siguientes principios:
1) Informalidad: No se requiere de ningún requisito para presentar la demanda, sin más obligación que detallar una relación sucinta de los hechos.
2) No simultaneidad: No existe otro proceso para salvaguardar los derechos constitucionales que protege. No existen vías paralelas.
3) Actividad vicaria: La demanda puede ser presentada por el agraviado o cualquier otra persona en su favor, sin necesidad de contar con representación procesal.
4) Unilateralidad: No es necesario escuchar a la otra parte para resolver la situación del agraviado.
5) Imprescriptibilidad: El plazo para interponer la demanda no prescribe.