NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 837

Competencia

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Texto sustituido

El texto vigente es el que fijó la Primera Disposición Modificatoria de la Ley Nº 26572, publicada el 5 enero 1996. La redacción anterior está en «Historial y notas».

El proceso que se refiere el Título IV del Libro X del Código Civil, se interpone ante la Sala Civil de turno de la Corte Superior en cuya competencia territorial tiene su domicilio la persona contra quien se pretende hacer valer.

Se aplican al proceso de reconocimiento de laudos arbitrales extranjeros las Disposiciones Generales de esta Sección, en todo lo que no se oponga a la Ley General de Arbitraje.

Historial y notas

1 nota · 1 versión anterior
  • Artículo modificado por la Primera Disposición Modificatoria de la Ley Nº 26572 , publicada el 05 enero 1996, cuyo texto es el siguiente:
Texto anterior 1 · Competencia

El proceso a que se refiere el Título IV del Libro X del Código Civil, se interpone ante la Sala Civil de turno de la Corte Superior en cuya competencia territorial tiene su domicilio la persona contra quien se pretende hacer valer.

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