Artículo 713
Títulos de ejecución
Texto sustituido
El texto vigente es el que fijó el Artículo 3 de la Ley N° 28494, publicado el 14 abril 2005. La redacción anterior está en «Historial y notas».
Son títulos de ejecución:
1. Las resoluciones judiciales firmes;
2. Los laudos arbitrales firmes;
3. Las Actas de Conciliación Fiscal de acuerdo a ley; y
4. Los que la ley señale.
Se ejecutarán a pedido de parte y de conformidad con las reglas del presente Capítulo.”
Historial y notas
2 notas · 1 versión anterior
- Artículo modificado por el Artículo 3 de la Ley N° 28494, publicado el 14 abril 2005, la misma que entró en vigencia a los treinta (30) días de su publicación; cuyo texto es el siguiente:
- Artículo derogado por la Única Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Legislativo N° 1069, publicado el 28 junio 2008.
Texto anterior 1
Son títulos de ejecución:
1. Las resoluciones judiciales firmes;
2. Los laudos arbitrales firmes; y
3. Los que la ley señale.
Se ejecutarán a pedido de parte y de conformidad con las reglas del presente Capítulo.