Artículo 671
Obligaciones del administrador
El administrador está obligado, según corresponda al bien o empresa, a:
1. Gerenciar la empresa embargada, con sujeción a su objeto social;
2. Realizar los gastos ordinarios y los de conservación;
3. Cumplir con las obligaciones laborales que correspondan;
4. Pagar tributos y demás obligaciones legales;
5. Formular los balances y las declaraciones juradas dispuestas por ley;
6. Proporcionar al Juez la informacion que éste exija, agregando las observaciones sobre su gestión;
7. Poner a disposición del Juzgado las utilidades o frutos obtenidos; y
8. Las demás señaladas por este Código y por la ley.