NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 314

Rechazo liminar de la recusación

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El pedido de recusación deberá rechazarse sin darle trámite en los siguientes casos:

1. Si en el escrito de recusación no se especifica la causal invocada;

2. Si la causal fuese manifiestamente improcedente; y

3. Si no se ofrecen los medios probatorios necesarios para acreditar la causal.

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