Artículo 215
Divisibilidad
Al valorar la declaración el Juez puede dividirla si:
1. Comprende hechos diversos, independientes entre sí; o
2. Se demuestra la falsedad de una parte de lo declarado.
Divisibilidad
Al valorar la declaración el Juez puede dividirla si:
1. Comprende hechos diversos, independientes entre sí; o
2. Se demuestra la falsedad de una parte de lo declarado.