Artículo 151
Coacción
El que, mediante amenaza o violencia, obliga a otro a hacer lo que la ley no manda o le impide hacer lo que ella no prohibe será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años.
Términos del diccionario que citan este artículo
Penal: DelitosAcosoDelito contra la libertad personal incorporado por el Decreto Legislativo 1410 que sanciona a quien, de forma reiterada, continua o habitual y por cualquier medio, vigila, persigue,…Penal: DelitosCoacciónDelito contra la libertad personal que sanciona a quien, mediante amenaza o violencia, obliga a otro a hacer lo que la ley no manda o le impide hacer lo que ella no prohíbe.