Artículo 62
Registro de los establecimientos que contratan adolescentes
Los establecimientos que contraten adolescentes para trabajar deben llevar un registro que contenga los datos señalados en el Artículo 53 de este Código.
Registro de los establecimientos que contratan adolescentes
Los establecimientos que contraten adolescentes para trabajar deben llevar un registro que contenga los datos señalados en el Artículo 53 de este Código.