NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 141

Atribuciones de las Juntas de Asistencia Post-penitenciaria

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Son atribuciones de las Juntas de Asistencia Post-penitenciaria:

1.- Gestionar la anulación de antecedentes judiciales, penales y policiales del liberado.

2.- Brindar asistencia social al liberado, a la víctima del delito y a los familiares inmediatos de ambos.

3.- Vigilar al liberado condicionalmente y solicitar la revocación del beneficio en el caso de incumplimiento de las reglas de conducta impuestas.

4.- Apoyar al liberado en la obtención de trabajo.

5.- Las demás que establece este Código y su Reglamento.

Historial y notas

1 nota
  • Texto según el artículo 127 del Decreto Legislativo Nº 654

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