Artículo 964
Paso de aguas por predio vecino
El propietario no puede hacer que las aguas correspondientes al predio discurran en los predios vecinos, salvo pacto distinto.
SUB-CAPITULO III
Derechos del Propietario
Paso de aguas por predio vecino
El propietario no puede hacer que las aguas correspondientes al predio discurran en los predios vecinos, salvo pacto distinto.
SUB-CAPITULO III
Derechos del Propietario