Artículo 610
Cese de curatela por rehabilitación
Texto sustituido
El texto vigente es el que fijó el Artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1384, publicado el 4 septiembre 2018. La redacción anterior está en «Historial y notas».
La curatela instituida conforme al artículo 44, numerales 4 a 7, cesa por declaración judicial que levanta la interdicción.
La rehabilitación puede ser pedida por el curador o por cualquier interesado.
Historial y notas
1 nota · 1 versión anterior
- Artículo modificado por el Artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1384, publicado el 04 septiembre 2018, cuyo texto es el siguiente:
Texto anterior 1 · Cese de curatela por rehabilitación
La curatela instituída conforme a los artículos 43, incisos 2 y 3, y 44, incisos 2 a 7, cesa por declaración judicial que levanta la interdicción.
La rehabilitación puede ser pedida por el curador y por cualquier interesado.