NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 610

Cese de curatela por rehabilitación

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Texto sustituido

El texto vigente es el que fijó el Artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1384, publicado el 4 septiembre 2018. La redacción anterior está en «Historial y notas».

La curatela instituida conforme al artículo 44, numerales 4 a 7, cesa por declaración judicial que levanta la interdicción.

La rehabilitación puede ser pedida por el curador o por cualquier interesado.

Historial y notas

1 nota · 1 versión anterior
  • Artículo modificado por el Artículo 1 del Decreto Legislativo N° 1384, publicado el 04 septiembre 2018, cuyo texto es el siguiente:
Texto anterior 1 · Cese de curatela por rehabilitación

La curatela instituída conforme a los artículos 43, incisos 2 y 3, y 44, incisos 2 a 7, cesa por declaración judicial que levanta la interdicción.

La rehabilitación puede ser pedida por el curador y por cualquier interesado.

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