NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 1462

Exclusividad del tercero para exigir el cumplimiento

Compartir por WhatsApp

Cuando se deja exclusivamente al tercero el derecho de hacer exigible la obligación del promitente, el estipulante no podrá exonerar a éste.

Conceptos del diccionario en este artículo