NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 1338

Mora del acreedor

Compartir por WhatsApp

El acreedor incurre en mora cuando sin motivo legítimo se niega a aceptar la prestación ofrecida o no cumple con practicar los actos necesarios para que se pueda ejecutar la obligación.

Conceptos del diccionario en este artículo