Acumulación subjetiva
Figura procesal que permite la presencia de más de una persona en calidad de demandante o de demandado en un mismo proceso, originando un litisconsorcio. Procede cuando las pretensiones provienen de un mismo título o están conexas.
Ejemplo
Se configuró una acumulación subjetiva pasiva cuando el banco demandó conjuntamente al deudor principal y a su fiador solidario.
Base legal
Código Procesal Civil, art. 86
Texto de los artículos tomado del Sistema Peruano de Información Jurídica (SPIJ) del Ministerio de Justicia. El texto oficial es el publicado en El Peruano.
Términos vinculados
Procesal CivilAcumulación objetivaFigura procesal que permite reunir dos o más pretensiones en una sola demanda para que sean resueltas en un mismo proceso.Procesal CivilLitisconsorcio necesarioSituación procesal en la que la decisión a recaer en el proceso afecta de manera uniforme a varias personas, por lo que resulta indispensable que todas ellas participen en él.Procesal CivilLitisconsorcio facultativoPluralidad de partes en un proceso que concurren de manera voluntaria por tener pretensiones independientes pero conexas.
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