Artículo 204
Forma de transmisión del Cheque
204.1 Salvo las limitaciones que establece la ley o las disposiciones correspondientes a los Cheques Especiales, el Cheque emitido en favor de una persona determinada es transferible mediante endoso, tenga o no la cláusula"a la orden".
204.2 El endoso puede ser hecho también en favor del emitente o de cualquier obligado. Estas personas, a su vez, pueden endosar nuevamente el Cheque.