Artículo 1
ALCANCES DE LA LEY GENERAL
La presente ley establece el marco de regulación y supervisión a que se someten las empresas que operen en el sistema financiero y de seguros, así como aquéllas que realizan actividades vinculadas o complementarias al objeto social de dichas personas.
Salvo mención expresa en contrario, la presente ley no alcanza al Banco Central.