NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 35

De las Direcciones

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35.1 El Área de Propiedad Intelectual está conformada por las siguientes Direcciones:

a) La Dirección de Signos Distintivos.

b) La Dirección de Invenciones y Nuevas Tecnologías.

c) La Dirección de Derecho de Autor.

35.2 Al interior de cada Dirección habrá una Comisión, órgano colegiado que tendrá autonomía funcional respecto del Director correspondiente.

35.3 El Director podrá emitir Lineamientos sobre temas funcionales, caso en el cual la Comisión podrá solicitar a la Sala de Propiedad Intelectual correspondiente que revise y, eventualmente, modifique, dichos lineamientos.

35.4 El Consejo Directivo podrá desconcentrar en las Oficinas Regionales del INDECOPI aquellas funciones de las Direcciones de la Propiedad Intelectual de la sede central mencionadas en el numeral 35.1 que no requieran el ejercicio de competencia a nivel nacional.

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