NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 82

Definición de acción

Compartir por WhatsApp

Las acciones representan partes alícuotas del capital, todas tienen el mismo valor nominal y dan derecho a un voto, con la excepción prevista en el artículo 164 y las demás contempladas en la presente Ley.

Términos del diccionario que citan este artículo