NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 261

Derecho de información fuera de Junta

Compartir por WhatsApp
Artículo derogado

Lo derogó la Cuarta Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 29782, publicada el 28 julio 2011. No tiene un texto que lo reemplace dentro de esta norma; abajo se muestra la redacción que tenía, solo como referencia.

La sociedad anónima abierta debe proporcionar la información que le soliciten, fuera de junta, accionistas que representen no menos del cinco por ciento del capital pagado, siempre que no se trate de hechos reservados o de asuntos cuya divulgación pueda ocasionar daño a la sociedad.

En caso de discrepancia sobre el carácter reservado o confidencial de la información resuelve la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores.

Historial y notas

1 nota
  • Artículo derogado por la Cuarta Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley Nº 29782, publicada el 28 julio 2011.