NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 53

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Artículo derogado

Lo derogó la Octava Disposición Transitoria Complementaria y Final de la Ley Nº 29459, publicada el 26 noviembre 2009. No tiene un texto que lo reemplace dentro de esta norma; abajo se muestra la redacción que tenía, solo como referencia.

Para fines exclusivos de investigación podrá autorizarse la importación, producción y uso de medicamentos no registrados, de conformidad con las disposiciones reglamentarias correspondientes.

Historial y notas

1 nota
  • Artículo derogado por la Octava Disposición Transitoria Complementaria y Final de la Ley Nº 29459, publicada el 26 noviembre 2009, que derogó el Capítulo III del Título Segundo (artículos 49 a 75), según la nota del SPIJ «Capítulo derogado por la Octava Disposición Transitoria Complementaria y Final de la Ley Nº 29459, publicada el 26 noviembre 2009».