NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 142

Base imponible

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La base imponible para la aplicación de los derechos arancelarios se determinará conforme al sistema de valoración vigente. La tasa de los derechos arancelarios se aplicará de acuerdo con el Arancel de Aduanas y demás normas pertinentes.

La base imponible y las tasas de los demás impuestos se aplicarán conforme a las normas propias de cada uno de ellos.

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