NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 20

Compartir por WhatsApp

Tampoco se incluirá en la remuneración computable la alimentación proporcionada directamente por el empleador que tenga la calidad de condición de trabajo por ser indispensable para la prestación de los servicios, o cuando se derive de mandato legal.

Herramienta gratuita para tu caso

Conceptos del diccionario en este artículo