Diccionario Jurídico VivoPerú · por Paul Arroyo · más herramientas

Artículo 113

Vacancia de la Presidencia de la República

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1. Muerte del Presidente de la República.

2.Su permanente incapacidad moral o física, declarada por el Congreso.

3. Aceptación de su renuncia por el Congreso.

4. Salir del territorio nacional sin permiso del Congreso o no regresar a él dentro del plazo fijado. Y

5. Destitución, tras haber sido sancionado por alguna de las infracciones mencionadas en el artículo 117 de la Constitución.

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