NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 161

Efecto de la confesión sincera

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Texto sustituido

El texto vigente es el que fijó el Artículo 3 de la Ley Nº 30076, publicada el 19 agosto 2013. La redacción anterior está en «Historial y notas».

El juez puede disminuir prudencialmente la pena hasta en una tercera parte por debajo del mínimo legal, si se cumplen los presupuestos establecidos en el artículo 160. Este beneficio es inaplicable en los supuestos de flagrancia, de irrelevancia de la admisión de los cargos en atención a los elementos probatorios incorporados en el proceso y cuando el agente tenga la condición de reincidente o habitual de conformidad con los artículos 46-B y 46-C del Código Penal."

Este beneficio también es inaplicable en los casos del delito previsto en el artículo 108-B o por cualquiera de los delitos comprendidos en el Capítulo I: artículos 153, 153-A, 153-B, 153-C, 153-D, 153-E, 153-F, 153-G, 153-H, 153-I, 153-J y Capítulos IX, X y XI del Título IV del Libro Segundo del Código Penal”.

Historial y notas

5 notas · 2 versiones anteriores
  • Artículo modificado por el Artículo 3 de la Ley Nº 30076, publicada el 19 agosto 2013, cuyo texto es el siguiente:
  • De conformidad con la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30076, publicada el 19 agosto 2013, se adelanta la vigencia del presente artículo, en todo el territorio peruano.
  • Párrafo incorporado por el Artículo 2 del Decreto Legislativo N° 1382, publicado el 28 agosto 2018. La citada disposición no resulta aplicable a las solicitudes de confesión sincera y de terminación anticipada en trámite.
  • Párrafo modificado por la Quinta Disposición Complementaria Modificatoria de la Ley N° 30963, publicada el 18 junio 2019, cuyo texto es el siguiente:
  • De conformidad con la Única Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo Nº 1591, publicado el 13 diciembre 2023, las improcedencias a las que hace referencia el presente artículo, respecto al artículo 183-B del Código Penal, aprobado por el Decreto Legislativo Nº 635, es también aplicable a la comisión del delito establecido en el artículo 5 de la Ley Nº30096, Ley de Delitos Informáticos.
Texto anterior 1 · Efecto de la confesión sincera

Si la confesión, adicionalmente, es sincera y espontánea, salvo los supuestos de flagrancia y de irrelevancia de la admisión de los cargos en atención a los elementos probatorios incorporados en el proceso, el Juez, especificando los motivos que la hacen necesaria, podrá disminuir prudencialmente la pena hasta en una tercera parte por debajo del mínimo legal.

Texto anterior 2 · Incisos en su redacción anterior

Este beneficio también es inaplicable en los casos de delitos previstos en los artículos 108-B, 170, 171, 172, 173 y 174, así como en sus formas agravadas previstas en el artículo 177 del Código Penal.”Modificado por Ley N° 30963 (18 junio 2019)

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