Artículo 817
Procedencia y Legitimación activa
Se tramita conforme a lo dispuesto en este Subcapítulo la comprobación de autenticidad y cumplimiento de formalidades del testamento cerrado, ológrafo, militar, marítimo o aéreo, para su ulterior protocolización notarial.
Está legitimado para solicitar la comprobación:
1. Quien tenga en su poder el testamento;
2. Quien por su vínculo familiar con el causante se considere heredero forzoso o legal;
3. Quien se considere instituido heredero voluntario o legatario; y,
4. Quien sea acreedor del testador o del presunto sucesor.