Artículo 786
Procedencia
Se tramitan conforme a lo dispuesto en este Subcapítulo las solicitudes de los representantes de incapaces que, por disposición legal, requieran de autorización judicial para celebrar o realizar determinados actos respecto de bienes o derechos de sus representados.
La solicitud debe estar anexada, cuando corresponda, del documento que contiene el acto para el cual se solicita autorización.