Artículo 694
Texto sustituido
El texto vigente es el que fijó el Artículo 1 de la Ley Nº 27027, publicada el 27 diciembre 1998. La redacción anterior está en «Historial y notas».
Se puede demandar ejecutivamente las siguientes obligaciones:
1. Dar;
2. Hacer; y,
3. No Hacer.
Historial y notas
1 nota · 1 versión anterior
- Artículo modificado por el Artículo 1 de la Ley Nº 27027, publicada el 27 diciembre 1998, cuyo texto es el siguiente:
Texto anterior 1 · Admisibilidad
Se puede demandar ejecutivamente las siguientes obligaciones:
1. Dar suma de dinero;
2. Dar bien mueble determinado;
3. Hacer; y
4. No hacer.
Admisibilidad.-