NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 357

Requisitos de admisibilidad de los medios impugnatorios

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Los medios impugnatorios se interponen ante el órgano jurisdiccional que cometió el vicio o error, salvo disposición en contrario. También se atenderá a la formalidad y plazos previstos en este Código para cada uno.

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