NormaDiccionario y normas del Perú

Artículo 329

Protocolo de la conciliación

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Artículo derogado

Lo derogó la Única Disposición Derogatoria del Decreto Legislativo Nº 1070, publicado el 28 junio 2008. No tiene un texto que lo reemplace dentro de esta norma; abajo se muestra la redacción que tenía, solo como referencia.

La copia del acta del Libro de Conciliaciones, certificada por el Juez y expedida a solicitud del interesado, es instrumento pleno para el ejercicio de los derechos allí contenidos, así como para su inscripción en el registro que corresponda.

Historial y notas

2 notas
  • Artículo derogado por la Única Disposición Derogatoria del Decreto Legislativo Nº 1070, publicado el 28 junio 2008, la misma que entrará en vigencia progresivamente en los diferentes Distritos Conciliatorios según el Calendario Oficial que será aprobado mediante Decreto Supremo. Se exceptúa de dicho Calendario a los distritos conciliatorios de Lima, Trujillo y Arequipa, así como el Distrito Judicial del Cono Norte de Lima, salvo la provincia de Canta, en los cuales será aplicado a los sesenta (60) días calendario de su publicación.
  • Posteriormente mediante el Decreto Supremo Nº 005-2010-JUS, publicado el 30 abril 2010, se aprueba el Calendario Oficial para el año 2010, señalando la fecha de entrada en vigencia del D.Leg. Nº 1070 en diversos distritos conciliatorios; mediante Decreto Supremo Nº 008-2011-JUS, publicado el 06 julio 2011, se aprueba el Calendario Oficial para el año 2011 de la entrada en vigencia del Decreto Legislativo Nº 1070, en diversos distritos conciliatorios del país; mediante Decreto Supremo Nº 015-2012-JUS, publicado el 21 octubre 2012, se aprueba el Calendario Oficial para los años 2012 y 2013 de la entrada en vigencia del Decreto Legislativo Nº 1070, en diversos distritos conciliatorios del país; y mediante Decreto Supremo N° 008-2014-JUS, publicado el 30 septiembre 2014, se aprueba el Calendario Oficial para el año 2014 de la entrada en vigencia de la obligatoriedad del intento conciliatorio previo a un proceso judicial, en distintos distritos conciliatorios del país.