Artículo 192
Garantías
En los procesos judiciales que se sigan al adolescente infractor se respetarán las garantías de la Administración de Justicia consagradas en la Constitución Política del Perú, la Convención sobre los Derechos del Niño, el presente Código y las leyes vigentes sobre la materia.
Historial y notas
1 nota
- Capítulo III derogado por la Única Disposición Complementaria Derogatoria del Decreto Legislativo N° 1348, publicado el 07 enero 2017,la misma que entró en vigencia al día siguiente de la publicación de su Reglamento en el diario oficial.